La póliza de vida colectiva que mantenemos con el Instituto Nacional de Seguros, Y es parte de los beneficios que tiene los socios una vez que que forman parte de ASEMINA (no hay que firmar ningún documento adicional).
Se paga solamente un padre y/o madre por una vez únicamente, (Aplica para el que está registrado legalmente).
En caso de fallecimiento de dos o más hijos (as), el monto a indemnizar total no podrá superar el monto máximo indemnizarle según la opción elegida por el Tomador delseguro.
La edad de contratación del seguro es a partir de los quince (15) años de edad.
Las coberturas de Vida Conjunta y familiar brindan protección al cónyuge o conviviente de quince (15) años en adelante.
Los hijos deben tener entre catorce (14) días y hasta los diecisiete (17) años de edad, estando protegidos hasta los dieciocho (18) años de edad o hasta veintidós (22) años de edad, si fueran estudiantes y dependientes económicos del asegurado directo, en cuyo caso su seguro finalizará cuando cumpla la edad de veintitrés (23) años.
Fallecimiento del Asociado-Asegurado ¢1.000.000
Se le adelanta la mitad de la suma asegurada, en caso de fallecimiento del asegurado por cualquier causa, se otorgará el adelanto de la suma asegurada de hasta un veinte por ciento (20%) que no exceda los doscientos mil colones (¢200.000), para los gastos funerarios.
Esta cobertura ampara el riesgo de muerte del asegurado o la pérdida de sus miembros a consecuencias de un accidente
En caso de incapacidad total y permanente se otorga por un periodo máximo de doce meses, si el pago de la prima, contada desde la próxima fecha de vencimiento anual de la póliza. Esta cobertura se ofrece siempre que la incapacidad sea cubierta por el seguro. El otorgamiento de esta cobertura cancela las demás coberturas adicionales, dejando vigente la cobertura básica de muerte accidental o no accidental
Padre o madre ¢400.000 cada uno.
La póliza cubre ¢2.000.000
¢600.000, máximo dos hijos.